sábado, 22 de julio de 2017

sábado 22








Próxima la fecha tope para que los judíos abandonaran este país..., esta es la copia sellada del Edicto de Granada




«Nosotros ordenamos además en este edicto que los Judíos y Judías cualquiera edad que residan en nuestros dominios o territorios que partan con sus hijos e hijas, sirvientes y familiares pequeños o grandes de todas las edades al fin de Julio de este año y que no se atrevan a regresar a nuestras tierras y que no tomen un paso adelante a traspasar de la manera que si algún Judío que no acepte este edicto si acaso es encontrado en estos dominios o regresa será culpado a muerte y confiscación de sus bienes.»


El Decreto de la Alhambra o Edicto de Granada fueron en realidad dos decretos, promulgados en la Alhambra (complejo de la ciudad de Granada, Andalucía, España) el 31 de marzo de 1492 por los monarcas que más adelante serían denominados Reyes Católicos, Fernando II de Aragón e Isabel I de Castilla, en el cual se expulsaba a los judíos de la Corona de Castilla y de la Corona de Aragón. La fecha final que se estableció fue el 31 de julio de 1492 pero por motivos logísticos se extendió el plazo hasta el 10 de agosto. El decreto para la Corona de Castilla iba firmado por los dos reyes; en cambio el que era válido para la Corona de Aragón solo llevaba la firma del rey Fernando. Existían entre las dos versiones diferencias significativas, aunque ambas partían de un mismo proyecto elaborado por Tomás de Torquemada, inquisidor generalde la Inquisición española establecida en 1478 para Castilla y en 1483 para Aragón.

El decreto referente a la Corona de Aragón estuvo en vigor hasta el 15 de julio de 1707, cuando esa zona pasó a regirse por el decreto de Castilla. El decreto de Castilla, que se extendió a Aragón a partir de esa fecha, y a Navarra en 1841, estuvo formalmente en vigor hasta el 21 de diciembre de 1969, cuando el general Francisco Franco, lo derogó oficialmente.





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4 mesas, 8 parejas. Número de manos: 28. Promedio: 84,0. Bye (*) ajuste porcentage registrado.

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   1  104,0    61,9  Margarita Candela Sospedra - Teresa Sevilla Merino     4641792 4641821
   2   96,7    57,5  Carmen Herrera Coyradas - Rosa Alicia García Ruiz      4641689 4641228
   3   96,3    57,3  José Luis Garcés Pérez - Emilia Albert Tomás           4641696 4641628
   4   81,0    48,2  José Luis Rodríguez Nuñez - Pilar De Vega García       4641718 4641793
   5   80,9 *  48,1  Pilar López Catalán - Mercedes Del Rio Montoliu        4641445 4641810

   6   74,7    44,4  Juan Luis Candela Dualde - Amparo Soriano Domínguez    4641355 4641613
   7   72,3    43,1  Isabel Bellot García - Adela Rodrigo Saez              4646339 4641206
   8   65,3 *  38,9  Mª Consuelo Jiménez Medrano - Paloma Birazel Martínez  4641816 4641700




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